Docente despedida por ap贸stata
Martes, Abril 14th, 2009La profesora hab铆a participado en la campa帽a de renuncia colectiva a la Iglesia Cat贸lica y se expres贸 p煤blicamente contra esa instituci贸n. Al d铆a siguiente, en la universidad, privada y confesional, le notificaron la cesant铆a. Interviene el Inadi.
Denuncia por discriminaci贸n contra la Universidad del Salvador
Docente despedida por ap贸stata
La profesora hab铆a participado en la campa帽a de renuncia colectiva a la Iglesia Cat贸lica y se expres贸 p煤blicamente contra esa instituci贸n. Al d铆a siguiente, en la universidad, privada y confesional, le notificaron la cesant铆a. Interviene el Inadi.
Se pronunci贸 p煤blicamente en contra de la intromisi贸n de la Iglesia Cat贸lica en las pol铆ticas p煤blicas y anunci贸 su participaci贸n en la primera campa帽a de apostas铆a colectiva de la Argentina. Un d铆a despu茅s, la Universidad del Salvador 鈥損rivada y confesional鈥, donde se desempe帽aba como profesora desde hac铆a diez a帽os, le comunic贸 a trav茅s de una carta que la echaba. La USAL fundament贸 el despido en la letra de su Estatuto Acad茅mico, que en su art铆culo 39, inciso 鈥渆鈥, establece que los docentes tienen entre sus 鈥渄eberes鈥 la obligaci贸n de 鈥渘o difundir ni adherir a concepciones que se opongan a la doctrina cat贸lica鈥.
La docente afectada, Paola Raffeta, ya present贸 la denuncia ante la Defensor铆a del Pueblo de la ciudad de Buenos Aires y el Inadi, por 鈥渄iscriminaci贸n religiosa e ideol贸gica鈥.
鈥淟a discriminaci贸n es evidente鈥, opin贸 Mar铆a Jos茅 Lubertino, titular del organismo nacional. Y agreg贸 al ser consultada por este diario: 鈥淣o le pueden impedir a una persona la libertad de expresi贸n. Se la est谩 discriminando por motivos ideol贸gicos. En todo caso, el estatuto acad茅mico tendr谩 que ser revisado鈥. Lubertino adelant贸 que citar谩 a representantes de la USAL, en el marco de un mecanismo de resoluci贸n r谩pida de conflictos que aplica el Inadi. 鈥淟e vamos a pedir que reconsidere el despido y vea la posibilidad de reincorporar a la docente. Si bien se trata de una universidad privada, su decisi贸n entra en colisi贸n con el principio de no discriminaci贸n鈥, explic贸.
鈥淣o s贸lo es discriminatorio, es inconstitucional. Ellos pueden pedirme que no difunda doctrinas dentro del aula, pero no pueden impedirme adherir a cualquier concepci贸n o religi贸n distinta de la de ellos鈥, consider贸 Raffeta en di谩logo con P谩gina/12. Seg煤n cont贸, ejerci贸 la docencia en forma ininterrumpida desde 1999 en la USAL en la c谩tedra de Historia de la Cultura Persa de la Escuela de Estudios Orientales 鈥淧adre Ismael Quiles S. J.鈥. Es la 煤nica c谩tedra en Am茅rica latina en la que se ense帽an estudios iran铆es. 鈥淓stoy casi cautiva porque no tengo otra universidad donde dictarlos鈥, indic贸. Raffeta es ex alumna de la USAL.
El 31 de marzo se publicaron en un diario porte帽o declaraciones suyas, en las que explicaba los motivos por los cuales renunciaba al catolicismo en el marco de la presentaci贸n de apostas铆a colectiva que se hizo el d铆a anterior en el Arzobispado de Buenos Aires, con la presentaci贸n de un millar de firmas. Un d铆a despu茅s, le lleg贸 la notificaci贸n del despido. La carta est谩 fechada el 1掳 de abril y lleva la firma de la profesora Luisa R. Rosell, directora de la Escuela de Estudios Orientales. Claramente le comunica que el motivo de la expulsi贸n son 鈥渟us expresiones p煤blicas sobre apostas铆a y sus juicios adversos a la Iglesia Cat贸lica鈥 aparecidos en ese diario. Invoca el art铆culo 39, inciso 鈥渆鈥, del Estatuto Acad茅mico.
P谩gina/12 intent贸 consultar a una autoridad acad茅mica de la USAL, pero un vocero inform贸 que la casa de altos estudios no quer铆a polemizar sobre el tema. Simplemente explic贸 que la decisi贸n no la hab铆a tomado una sola persona, sino que se hab铆a acordado en una reuni贸n entre las m谩ximas autoridades de la USAL.
Raffeta tiene 34 a帽os, es madre de una ni帽a de 8 y vive en la ciudad de Buenos Aires. Particip贸 de la organizaci贸n de la apostas铆a colectiva. 鈥淧ero nunca realic茅 campa帽a dentro de la universidad鈥, se帽al贸. 鈥淓l problema grave es que el Ministerio de Educaci贸n autorice la aplicaci贸n de estatutos anticonstitucionales. Esto no es un club privado, es una universidad que entrega t铆tulos de validez nacional, que forma alumnos e investigadores. Los docentes tienen derechos humanos, libertad de conciencia garantizada por la Constituci贸n y los Pactos Internacionales, derecho al trabajo, derechos que deben ser respetados especialmente en las universidades. No pueden tener una ley paralela. La legislaci贸n que regula a las universidades privadas debe ser revisada鈥, opin贸.
La USAL fue creada por la Compa帽铆a de Jes煤s, la orden a la que pertenece el arzobispo de Buenos Aires, monse帽or Jorge Bergoglio. Seg煤n inform贸 un vocero de la casa de altos estudios, no recibe subsidios del Estado.
En el Ministerio de Educaci贸n aclararon que las universidades son aut贸nomas, pero dejaron en claro que 鈥渓a Secretar铆a de Pol铆ticas Universitarias no acuerda con ninguna persecuci贸n ideol贸gica ni de credos鈥.
Tambi茅n opin贸 sobre el caso el abogado Pablo Slonimsqui, especializado en temas de discriminaci贸n: 鈥淣o advierto qu茅 relaci贸n puede existir entre la opini贸n 鈥揷ualquier opini贸n鈥 que una persona puede tener sobre la actualidad de la Iglesia Cat贸lica y su idoneidad como docente de historia de la Cultura Persa. El leg铆timo ejercicio de la libertad de expresi贸n no puede exponernos, en ning煤n contexto, a sanciones discriminatorias que como 煤nico fundamento reconozcan una concepci贸n diferente de valores personales. Y mucho menos en 谩mbitos universitarios, donde la pluralidad de ideas y el disenso debieran ser objetivos deseados y no inconvenientes graves鈥, dijo a P谩gina/12 Slonimsqui, abogado del Centro Simon Wiesenthal y de la Comunidad Homosexual Argentina (CHA).
http://www.pagina12.com.ar/imprimir/diario/sociedad/3-123204-2009-04-14.html







Los invitamos a firmar la carta de apoyo a Raffeta y de repudio a los fundamentos de su desvinculaci贸n que reproducimos abajo.
Les solicitamos enviar adhesiones a:
ubadenuncia@yahoo.com.ar
con el asunto 鈥淎dhesi贸n 1鈥. Los datos que deben figurar en el cuerpo del mail son: Nombre y Apellido, DNI, instituci贸n/es, ciudad, pa铆s.
Recibimos adhesiones hasta el 18 de abril. Luego enviaremos una copia impresa de la carta y todas las firmas a las autoridades de la USAL.
Manifestaci贸n de repudio a la desvinculaci贸n de la docente Paola Raffeta de su cargo en la Universidad del Salvador.
Los abajo firmantes, docentes y estudiantes universitarios e investigadores, manifestamos por medio de esta carta nuestro repudio a las razones expresadas por la Prof. Luisa R. Rosell en su calidad de Directora de la Escuela de Estudios Orientales 鈥淩ev. Padre Ismael Quiles S. J.鈥 de la Universidad del Salvador, as铆 como a todas las autoridades de esta casa de estudios que de alguna manera las hayan avalado, para justificar la desvinculaci贸n de la Lic. Paola Raffetta de su cargo como docente en la mencionada casa de estudios en el d铆a 1掳 de abril de 2009.
Consideramos que los art铆culos 39 y 40 del Estatuto Acad茅mico de la Universidad del Salvador, mencionados como criterios legales para excusar la desvinculaci贸n de la docente, contradicen claramente lo sancionado por el art铆culo 1掳 de la Ley N潞 23.592, as铆 como los derechos garantizados por el art铆culo 14 de la Constituci贸n Nacional de la Rep煤blica Argentina y los art铆culos 18 y 19 de la Declaraci贸n Universal de los Derechos Humanos, que la Rep煤blica Argentina suscribe. Ninguna instituci贸n p煤blica o privada de la Argentina puede oponerse leg铆timamente a ninguna de estas normas. Por lo tanto, consideramos que la desvinculaci贸n de la docente Paola Raffetta fue realizada en contravenci贸n del marco legal establecido a tales efectos.
Asimismo, consideramos que lo actuado por las autoridades de la Universidad del Salvador lesiona gravemente la libertad de investigaci贸n y ense帽anza acad茅mica y cient铆fica y se opone directamente a los derechos de los trabajadores de la investigaci贸n y la docencia de nivel superior.
Citamos a continuaci贸n el texto de los art铆culos citados:
Art铆culo 1掳 de la Ley N掳 23.592: 鈥淨uien arbitrariamente impida, obstruya, restrinja o de alg煤n modo menoscabe el pleno ejercicio sobre bases igualitarias de los derechos y garant铆as fundamentales reconocidos en la Constituci贸n Nacional, ser谩 obligado, a pedido del damnificado, a dejar sin efecto el acto discriminatorio o cesar en su realizaci贸n y a reparar el da帽o moral y material ocasionados. A los efectos del presente art铆culo se considerar谩n particularmente los actos u omisiones discriminatorios determinados por motivos tales como raza, religi贸n, nacionalidad, ideolog铆a, opini贸n pol铆tica o gremial, sexo, posici贸n econ贸mica, condici贸n social o caracteres f铆sicos.鈥
Art铆culo 14 de la Constituci贸n Nacional de la rep煤blica Argentina: 鈥淭odos los habitantes de la Naci贸n gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio; a saber: de trabajar y ejercer toda industria l铆cita; de navegar y comerciar; de peticionar a las autoridades; de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines 煤tiles; de profesar libremente su culto; de ense帽ar y aprender.鈥
Art铆culo 18 de la Declaraci贸n Universal de los Derechos Humanos: 鈥淭oda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religi贸n; este derecho incluye la libertad de cambiar de religi贸n o de creencia, as铆 como la libertad de manifestar su religi贸n o su creencia, individual y colectivamente, tanto en p煤blico como en privado, por la ense帽anza, la pr谩ctica, el culto y la observancia.鈥
Art铆culo 19 de la Declaraci贸n Universal de los Derechos Humanos: 鈥淭odo individuo tiene derecho a la libertad de opini贸n y de expresi贸n; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitaci贸n de fronteras, por cualquier medio de expresi贸n.鈥
FIRMAS (Nombre, DNI, instituci贸n, ciudad, pa铆s)